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zamora arranqueCULIACÁN, Sin., 03 de mayo de 2021.-  Por segunda ocasión en una semana sancionan al candidato del PRI-PAN-PRD a la gubernatura de Sinaloa, ahora por 89 mil pesos por utilizar en su campaña política el logotipo oficial del Gobierno del Estado, denominado “Puro Sinaloa”.

            El Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa (TEESIN), también sancionó a los candidatos de la misma fórmula PRI-PAN-PRD, Bernardino Antelo Esper y Héctor Orrantía Coppel, con 35 mil pesos cada uno, ambos candidatos a diputados locales.

            Otros cuatro funcionarios del gobierno estatal también fueron sancionados por utilizar recursos públicos y uso de imágenes del gobierno estatal para proyectar y apoyar las campañas políticas de la alianza “Va por Sinaloa” (PRI-PAN-PRD). Los sancionados son: Jesús Alberto Camacho, director de Comunicación Social, José de Jesús Gálvez, de Innovación Gubernamental, y los secretarios Manuel Tarriba, de Agricultura, y Evelio Plata, de Pesca.

            El Tribunal envió una copia certificada de la sentencia y del expediente a la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas del Gobierno del Estado, con la finalidad de que se inicie el procedimiento administrativo correspondiente.

            También se turnó el expediente a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General de la República con el fin de determinar la responsabilidad que corresponda a cada uno de los implicados.

            EL PRI CALIFICA DE ARBITRARIA

           Y RECHAZA LA SANCIÓN

            A través de un comunicado, la oficina estatal del PRI calificó de arbitraria la sanción impuesta por el TEESIN,  porque “se basa en meras inferencias y a partir de un estudio basado en premisas falsas”.

           “Rechazamos categóricamente las sanciones económicas impuestas a nuestros candidatos, y desde luego habremos de emprender los medios de impugnación en extensión a la cadena impugnativa admisible del sistema respectivo.

            El proyecto desde luego carece de sustento jurídico y de los estudios de proporcionalidad y razonabilidad establecidos por la propia jurisprudencia. El ejercicio de motivación se advierte profundamente cargado de una postura a todas luces parcial. Violenta el derecho a la libertad de expresión, pero sobre todo, presume indebidamente que el empleo de una frase hace remisión a toda una marca registrada, que no necesariamente se constituye por esas expresiones sino por el resto de símbolos, trazos, elementos literales y para los contextos que su propio registro formalmente señala.

           Lo estamos entendiendo claramente, no existen condiciones de imparcialidad en la esfera de ese Tribunal, por ello haremos valer la defensa de los derechos políticos de nuestras candidaturas ante las instancias de superior jerarquía y a través de los mecanismos legales previstos en la Legislación Electoral vigente.